Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD al imputado JHON HURTADO SCANIO a quien se le tomó sus datos de identificación quedando registrados de la siguiente forma: Venezolano, mayor de edad, de 22 años, nacido en Ocumare, nacido en fecha 28/07/82, titular de la Cédula de Identidad No 17.475.933, de profesión u oficio Agricultor, estado civil soltero, residenciado La mata Charallave Calle Principal Los Hurtados, Casa S/N de color beige y melón de padres VICTORIANA HURTADO REYNA; JUAN JOSEFINA ASCANIO ambos vivos, todo conforme a lo previsto en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3° artículo 251 ordinales 2° y 3° y artículo 252 todos del Código Adjetivo Penal, explicadas en la parte motiva de la presente decisión, Por último, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la HOMICIDIO INTENDIONAL, pre.....