En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en Funciones de Ejecución de los Valles del Tuy, Ocumare del Tuy, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, CONCEDE la conmutación del resto de la pena en Confinamiento OCHO (08) MESES Y TRES (3) DIAS, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 20, 53 y 56 todos del Código Penal en concordancia con el artículo 479 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, al penado DANIEL ENRIQUE RANGEL ABREU, titular de la cédula de identidad Nº V-21.117.056, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 18 años de edad, fecha de nacimiento: 15-03-1991, estado civil: soltero, de profesión u oficio: Ayudante de Pintura, residenciado Charallave, Barrio Jabillito, sector El Progreso, casa Nº 200-C, cerca del Club de Joseito, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, hijo de AIKEL ABRE.....