...declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional presentada por la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA, ante la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, actuando en beneficio de sus hijos, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de trece (13) años de edad, y la niña IDENTIDAD OMITIDA, de siete (07) años de edad, respectivamente; en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en consecuencia, no hay condenatoria en costas por la naturaleza del caso.