DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO al ciudadano JORMAN JOEL ARENAS CEDEÑO, titular de la cedula de identidad N° V- 19.088.604, venezolano, natural de Caracas distrito Capital, fecha de nacimiento 16/08/1989, 22 años de edad, estado civil: soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de LUISAS CEDEÑO (V) Y NICASIO ARENAS (V).y residenciado en: Sector 4, Parroquia Cartanal, calle 3 casa Nº 13 Santa teresa del Tuy Estado Miranda, por un tiempo igual a DOS (02) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS Y DOCE (12) HORAS onforme con lo previsto en el artículo 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 479 num.....