Primero: Que el ciudadano RUDAS MANUEL ANTONIO, quien es Venezolano, Indocumentado, en fecha 13 de Diciembre de 2005, en Audiencia Preliminar celebrada por ante el Tribunal Cuarto de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, se acogió al Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, siendo Condenado a cumplir Tres (03) años de Prisión, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 del Código Penal, ordenándose la remisión de las actuaciones seguidas en su contra al Tribunal de Ejecución correspondiente. Segundo: Que por ante este Juzgado Segundo de Juicio, solo se sigue causa contra el ciudadano RICHARD CASTRO RUDAS, quien es Venezolano, Indocumentado, signada con el N° 2U 742-06, la cual se encuentra en la fase para la celebración del Juicio Unipersonal por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 del Código Penal, en consecuencia, quien aquí decide observa que en la solicitud de la defensa existe un error en la ident.....