PRIMERO: Se admite la acusación Fiscal en contra de la ciudadana: GABRIELA MARTINEZ FRANCO, quien es natural de Colombia, nacida en fecha 27-06-76, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.486.162, de profesión u oficio secretaria, hija de Graciela Franco (v) y Gregorio Martínez (v), residenciada en Calle La Paz, casa N/S, Maca; por la presunta comisión de los delitos de FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, USO DE DOCUMENTO FALSO y FRAUDE, previstos y sancionados en los Artículos 321, 323 y 465 numerales 1 y 2 todos del Código Penal Y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DEL ROBO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, respectivamente; SEGUNDO: Se admiten las pruebas documentales y testimoniales ofrecidas por el Representante Fiscal, de conformidad con lo establecido en los artículos 197, 198, 199, 222, 242, 331 numeral 3, 354, 355 y 358 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que la Defensa no promovió .....