"...este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ LUIS CASTILLO PURO, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número V-3.951.170, a sus hijos los ciudadanos CARLOS LUIS CASTILLO MIRATIA, ANA DE LOURDES CASTILLO MIRATIA, ROSANA CASTILLO NIEVES, JOSE LUIS CASTILLO MIRATIA, ANA ISABEL CASTILLO NIEVES y DAYANA KATHERINE CASTILLO NIEVES, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-13.342.852, V-11.666.757, V-18.234.453, V-18.144.131, V-18.232.454 y V-24.998.502, respectivamente, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil..."