DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la defensa de los ciudadanos GUZMAN ALVAREZ AGUSTÍN y JUAN CARLOS MERCADO GOYO, titulares de las cédulas de identidad personales Nos. V-10.356.771 y V-17.978.852, respectivamente, en el sentido de ser revisada la medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de libertad consistente en la modalidad de la caución personal mediante presentación de fiadores, por lo que, de conformidad con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 250, 251 numerales 2 y 3, 256, 260, 263 y 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se modifica la decisión proferida en fecha veinte y cinco (25) de Julio del año en curso, media.....