PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAÍDOS interpuesta por la ciudadana YESSENIA HERMILA CASTRO contra la UNIDAD EDUCATIVA ANTONIO RICAURTE, ambas partes suficientemente identificadas en autos.
SEGUNDO: La parte demandada deberá cancelar al trabajador las cantidades que determine la experticia complementaria del fallo, tomando en cuenta lo previsto en la Convención Colectiva de Trabajo que abarca al sector educativo durante el transcurso de la relación laboral, los conceptos laborales demandados siguientes: antigüedad, vacaciones, vacaciones fraccionadas, bono vacacional y bono vacacional fraccionado, utilidades y utilidades fraccionadas, vacaciones cumplidas no disfrutadas ni pagadas, los intereses sobre la prestación de antigüedad calculados a la tasa activa, los intereses moratorios y la indexación, calculados a la taza y el IPC fijado por el Banco Central de Venezuela.
TERCERO: SE ORDENA, una EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, a obje.....