Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR interpuesto, por el ABG.EDECIO JOSÉ VELÁSQUEZ HERNANDEZ, Defensor Público Penal del acusado CORDERO GÓMEZ AURELIO JESÚS, titular de la cédula ce identidad No V.-13.844.957, mediante el cual de conformidad con el contenido del artículo 264 del Código Orgánico Procesal penal, en fecha 6 de MAYO de 2008 ACUERDA: PRIMERO: Presentar DOS FIADORES, de reconocida solvencia moral y económica, que CADA UNO 30 Unidades Tributarias, presenten constancia de residencia y de trabajo, a los fines de ser verificados y presentación por ante este Tribunal, cada 15 días, de conformidad con lo previsto en el artículo 256.3 y 8 del Código Orgánico Procesal penal. SEGUNDO: Se fija el juicio oral y público para día 5 de JUNIO 2008, a las 11:00 AM. Librese la co.....