D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Revisar y Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuestas al imputado: WILMER MARCELINO PEREZ ESCOBAR, de nacionalidad venezolana de 23 años de edad, natural de Santa Lucia, nacido en fecha 4-10-1980, de estado civil casado de oficio obrero, residenciado en El centro, chaparral, casa Nro sin número, hijo de desconocido y Dulce Escobar y titular de la cédula de identidad Nro. 16.356.073, prevista en el Ordinal 8° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación de hasta tres (3) fiadores que acrediten en su conjunto por concepto de salario, la cantidad de CUARENTA (40) Unidades Tributarias, al valor actua.....