este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA conforme lo prescriben los artículos 81 y 130 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Rectificar el ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 192, de fecha 21 de abril de 2014, folio 192 de la ciudadana: MARLENE JOSEFINA ASCANIO. En tal sentido insértese en el Acta de Defunción el siguiente dato omitido: donde dice "hija de: RAMON VICENTE ASCANIO (fallecido)", debe decir "Hija de PAULA ELVIRA LIZARDI DE DUERTO, mayor de edad, venezolana, de estado civil casada, titular de la Cédula de identidad Nº V-2.984.594, de profesión del hogar y de RAMON VICENTE ASCANIO (fallecido)", y corríjase el acta donde por error se coloco "No Deja bienes de fortuna", debe decir: "Deja bienes de fortuna".