En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana YENNIFER JOSEFINA BARRETO GUEVARA en contra de los ciudadanos CARLOS ARMANDO MIJARES BAEZ y GLORIA CIPRIANA PALACIOS DE MIJARES, todos ampliamente identificados y consecuentemente, se condena a estos a que "cumplan con la obligación asumida y hagan la entrega material", tal y como fue requerido en el escrito libelar, del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el número 38-43, ubicado en el piso tres (3) del edificio distinguido con el número 38-2 del Conjunto Residencial La Casona, Lote Etapa 9, de la Urbanización La Casona, constituido por el Lote 9 y 10 los cuales forman parte de la Parcela A8A9A1.....