, se CONDENA al ciudadano: MORENO GIL BLADIMIR EDUARDO, titular de la cedula de identidad N° V-16.369.452, de estado civil soltero, venezolano, nacido en Los Teques, Estado Miranda, en fecha 04-11-1966, de 28 años de edad, grado de instrucción 6to grado, profesión u oficio Albañil, laborando para la Gobernación del Estado Miranda, hijo Pilar Eduardo Moreno (f) y de Ana Agustina Gil (f), residenciado en Lagunetica, Sector Colinas del Angel, Casa S/N., Sector El Plan, al lado del vecino Orlinda Heredia, Estado Miranda, teléfono del vecino 0414-281.34.84; a cumplir la pena de Tres (3) años de Prisión; por ser AUTOR responsable de la comisión del delito de Actos Lascivos Agravados, previsto y sancionado en los artículos 377 en su último aparte del Código Penal, por los hechos acaecidos en fecha 01/11/2003; pena esta de la cual se deberá hacer una rebaja del tiempo que tiene detenido el acusado. Evidenciándose que el ciudadano MORENO GIL BLADIMIR EDUARDO fue detenido en fecha 01/11/2003 y.....